Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición final tercera

En vigor desde 18 nov 2026
1. Se faculta a la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para dictar las disposiciones necesarias que desarrollen el presente real decreto. 2. En particular, se faculta a la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para actualizar los anexos I, II y III, de conformidad con los procedimientos establecidos en los artículos 10 y 11 de esta norma y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
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BOE-A-2026-22614#disposicion-final-tercera

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