Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición final cuarta

En vigor desde 18 nov 2026
Este real decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

BOE-A-2026-22614#disposicion-final-cuarta

Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil