Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 1.ª La anotación en cuenta como modalidad de representación de los valores negociables

Art. 3

En vigor desde 3 feb 2016
La representación de valores por medio de anotaciones en cuenta se aplicará a todos los valores integrantes de una misma emisión, sin perjuicio de los casos de cambio en la modalidad de representación previstos en los artículos 4 y 5.
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eli/es/rd/2015/10/02/878#art-3

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