Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición adicional quinta
En vigor desde 26 jun 2011
Las referencias que en las disposiciones adicionales primera y cuarta del Real Decreto 1837/2000, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de inspección y certificación de buques civiles se realizan al Real Decreto 2662/1998, de 11 de diciembre, sobre reglas y estándares comunes para las organizaciones de inspección y control de buques y para las actividades correspondientes de la Administración marítima, se entenderán hechas al presente real decreto.
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Proeli/es/rd/2011/06/24/877#disposicion-adicional-quinta