Art. 2

En vigor desde 19 jun 2025
Las ayudas a las que se refiere este real decreto se regirán, además de por lo dispuesto en el mismo, por lo establecido en las siguientes normas: a) Reglamento (UE) 1233/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la aplicación de determinadas directrices en materia de créditos a la exportación con apoyo oficial, y sus posteriores modificaciones. b) Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. c) Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. d) Ley 39/2015, 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. e) Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. f) Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas g) Las demás disposiciones que resulten de aplicación. Se modifica por el .1 del Real Decreto 485/2025, de 17 de junio. Ref. BOE-A-2025-12314

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eli/es/rd/2017/09/29/874#art-2

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