Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Instrucción

Art. 82

En vigor desde 10 jul 1997
El instructor formulará propuesta motivada de resolución en la que hará constar los hechos, la infracción, la persona responsable y la sanción que propone, conforme a lo dispuesto en la Ley 3/1996 , de 10 de enero, o, en su caso, la no existencia de infracción o responsabilidad.
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eli/es/rd/1997/06/06/865#art-82

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