Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Instrucción

Art. 81

En vigor desde 10 jul 1997
Instruido el procedimiento, e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pondrá de manifiesto a los interesados o, en su caso, a sus representantes, salvo lo que afecte a las informaciones y datos a que se refiere el artículo 37.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, al objeto de que, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.
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eli/es/rd/1997/06/06/865#art-81

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