Capítulo CAPÍTULO XII
Art. 53
En vigor desde 23 oct 2026
Son funciones de la persona titular de la Presidencia:
a) Convocar y presidir el Pleno del Consejo de Estudiantes Universitario del Estado, así como presidir y convocar las reuniones de la Comisión Permanente.
b) Moderar y conducir las sesiones del Pleno de acuerdo con lo dispuesto en su reglamento de organización y funcionamiento interno.
c) Representar al Consejo de Estudiantes Universitario del Estado ante cualquier persona física o jurídica.
d) Informar cumplidamente a los miembros del Consejo de Estudiantes Universitario del Estado de los asuntos de su competencia.
e) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Pleno o de la Comisión Permanente.
f) Cualesquiera otras atribuidas por el Pleno, el presente Estatuto, las normas de funcionamiento interno y la legislación vigente.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2026/10/21/855#art-53