Capítulo CAPÍTULO XII

Art. 53

En vigor desde 23 oct 2026
Son funciones de la persona titular de la Presidencia: a) Convocar y presidir el Pleno del Consejo de Estudiantes Universitario del Estado, así como presidir y convocar las reuniones de la Comisión Permanente. b) Moderar y conducir las sesiones del Pleno de acuerdo con lo dispuesto en su reglamento de organización y funcionamiento interno. c) Representar al Consejo de Estudiantes Universitario del Estado ante cualquier persona física o jurídica. d) Informar cumplidamente a los miembros del Consejo de Estudiantes Universitario del Estado de los asuntos de su competencia. e) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Pleno o de la Comisión Permanente. f) Cualesquiera otras atribuidas por el Pleno, el presente Estatuto, las normas de funcionamiento interno y la legislación vigente.
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eli/es/rd/2026/10/21/855#art-53

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