Título TITULO IICapítulo CAPITULO IIISecc. Sección 4.ª Tramitación de concesiones de aguas para abastecimiento de poblaciones y urbanizaciones

Art. 122

En vigor desde 30 abr 1986
La tramitación de concesiones de agua para abastecimiento de poblaciones y de urbanizaciones aisladas que no puedan ser abastecidas desde la red municipal, se regirá por el procedimiento que se indica en los artículos siguientes, suprimido el trámite de competencia de provectos.
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eli/es/rd/1986/04/11/849#art-122

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