Art. Disposición transitoria cuarta

En vigor desde 23 mar 2018
Hasta que el Ministro del Interior, o de manera conjunta con el Ministro de Defensa, en su caso, no aprueben la normativa específica sobre especialidades y enseñanza de perfeccionamiento en la Guardia Civil, los criterios aplicables al respecto serán los de la normativa vigente hasta este momento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2017/09/22/848#disposicion-transitoria-cuarta

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil