Art. Disposición transitoria cuarta

Art. Disposición transitoria cuarta

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En vigor desde 23 mar 2018
Hasta que el Ministro del Interior, o de manera conjunta con el Ministro de Defensa, en su caso, no aprueben la normativa específica sobre especialidades y enseñanza de perfeccionamiento en la Guardia Civil, los criterios aplicables al respecto serán los de la normativa vigente hasta este momento.
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