Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición transitoria cuarta

En vigor desde 24 oct 2026
Los planes de trabajo presentados para su aprobación con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto continuarán su tramitación conforme a la normativa anterior hasta la notificación de la resolución dictada por la autoridad laboral competente.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2026/10/21/847#disposicion-transitoria-cuarta

Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil