Título Estatutos Generales del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª del Pleno del Consejo General
Art. 12
En vigor desde 18 jun 2006
El Pleno del Consejo General estará compuesto por los Presidentes o Vicepresidentes, en su caso, de los Consejos Autonómicos, los miembros de la Comisión Permanente y los Representantes Nacionales de las Secciones Colegiales.
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Proeli/es/rd/2006/06/16/757#art-12