Capítulo CAPÍTULO VII

Art. 52

En vigor desde 22 jun 2011
La sesión de recepción de los Académicos y Académicas de Honor irá precedida de la lectura del acta especial del nombramiento por parte del Secretario General. A continuación, el Académico de número propuesto por la Junta Directiva, oída la Sección correspondiente, hará la «laudatio» del nuevo Académico de Honor, quien seguidamente pronunciará un discurso científico. Finalmente, el Presidente le hará entrega de la medalla y del título correspondientes, dando por finalizado el acto.
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eli/es/rd/2011/05/27/750#art-52

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