Capítulo CAPÍTULO 6Secc. Sección 2. Autorizaciones y concesiones

Art. 26

En vigor desde 4 oct 2013
En los casos de nuevas concesiones de agua para abastecimiento de nuevas urbanizaciones o nuevos asentamientos urbanos en general, se exigirá la preceptiva autorización de la autoridad urbanística competente.
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eli/es/rd/2013/09/30/739#art-26

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