Libro ESTATUTOS GENERALES DE LOS COLEGIOS OFICIALES DE INGENIEROS AGRÓNOMOS Y DE SU CONSEJO GENERAL›Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 7
En vigor desde 7 sept 2017
El Consejo General y, en su caso, los Colegios Oficiales de Ingenieros Agrónomos, se relacionarán con la Administración General del Estado y el resto de las Administraciones Publicas a través del Ministerio, Consejería o Departamento, que tenga atribuidas las competencias en materia de Agricultura en cada momento.
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Proeli/es/rd/2017/07/21/727#art-7