Capítulo CAPÍTULO II
Art. 11
En vigor desde 25 ago 2020
La asistencia a las reuniones y actos de los distintos órganos de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo tendrá el carácter de comisión de servicio indemnizable en aquellos supuestos en los que se den los requisitos previstos por la legislación vigente en materia de indemnizaciones por razón de servicio.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2020/08/04/725#art-11