Art. Disposición derogatoria única
En vigor desde 27 jul 2002
Quedan derogados:
a) El párrafo b) del apartado 2 del artículo 7 ; el apartado 6 del artículo 7 ; el artículo 12 y los párrafos a), e), h) y l) del apartado 6 del artículo 15, del Real Decreto 1450/2000, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad y Consumo.
b) El Real Decreto 1910/2000, de 24 de noviembre, por el que se crea la Comisión Interministerial de Seguridad Alimentaria.
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Proeli/es/rd/2002/07/19/709#disposicion-derogatoria-unica