Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 26

En vigor desde 11 ene 2020
1. Para impartir los módulos del bloque común y los contenidos relacionados con los resultados de aprendizaje de carácter conceptual de los módulos del bloque específico de los ciclos inicial de grado medio en senderismo, final de grado medio en barrancos, final de grado medio en escalada y final de grado medio en media montaña, la relación profesor/alumno será de 1/30. 2. Para impartir los contenidos relacionados con los resultados de aprendizaje de carácter procedimental de los módulos del bloque específico de los ciclos inicial de grado medio en senderismo, final de grado medio en barrancos, final de grado medio en escalada y final de grado medio en media montaña, la relación profesor/alumno será la recogida en el anexo VII.
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eli/es/rd/2019/11/29/702#art-26

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