Art. 7

En vigor desde 29 ene 1997
1. Dependen del Director general las siguientes unidades con nivel orgánico de Subdirección General: a) Secretaría General. b) Subdirección General de Fomento de la Industria Cinematográfica y Audiovisual. c) Subdirección General de Promoción y Relaciones Internacionales. d) Filmoteca Española. 2. Secretaría General. Corresponde a esta Subdirección General: a) La gestión y administración de los recursos humanos. b) La administración financiera y presupuestaria. c) La gestión de los servicios generales y de régimen interior. d) La elaboración del anteproyecto de presupuestos. e) El control y seguimiento de los convenios que suscriba el Instituto. f) La asistencia jurídica, sin perjuicio de las competencias del Servicio Jurídico del Departamento. g) La inspección y la tramitación de expedientes sancionadores que se deriven de las atribuciones del Instituto. h) El desempeño de las funciones no encomendadas a las demás Subdirecciones Generales. 3. Subdirección General de Fomento de la Industria Cinematográfica y Audiovisual. Corresponde a esta Subdirección General: a) El fomento de la producción, distribución y exhibición de la cinematografía española. b) La calificación por edades de las películas y demás obras audiovisuales para su exhibición pública o distribución. c) La ordenación y seguimiento de la distribución de películas en salas de exhibición y de la comercialización de obras audiovisuales. d) La ordenación y seguimiento de la explotación cinematográfica y audiovisual. e) La elaboración de censos y estadísticas sobre la actividad de los sectores cinematográfico y audiovisual. f) La recopilación, tratamiento y elaboración de documentación sobre la actividad de los sectores cinematográfico y audiovisual en general. g) La coordinación de las anteriores funciones, en el ámbito de sus respectivas competencias, con las Comunidades Autónomas. 4. Subdirección General de Promoción y Relaciones Internacionales. Corresponde a esta Subdirección General: a) La promoción interior y exterior de la producción cinematográfica y audiovisual españolas. b) El apoyo a las manifestaciones y certámenes cinematográficos nacionales e internacionales que se celebren en España. c) Las relaciones con organismos e instituciones internacionales. d) La representación de la cinematografía y artes audiovisuales españolas en los programas y organismos europeos. e) La promoción de convenios internacionales de coproducción. f) La coordinación de estas funciones, en el ámbito de sus respectivas competencias, con las Comunidades Autónomas. 5. Filmoteca Española. Corresponde a esta Subdirección General: a) La recuperación, preservación, restauración, documentación y catalogación del patrimonio cinematográfico, así como de cualquier otro elemento relacionado con la práctica de la cinematografía. b) La salvaguardia y custodia del archivo de las películas y obras audiovisuales en cualquier soporte y en general de sus fondos cinematográficos, tanto de su propiedad como si proceden de depósito legal, depósitos voluntarios, donaciones, herencias o legados. c) La difusión mediante la organización de ciclos y sesiones o cualquier otra manifestación cinematográfica, sin fines de lucro, del patrimonio cinematográfico, la edición en cualquier soporte, y cuantas actividades se consideren oportunas para difundir la cultura cinematográfica. d) La realización y fomento de investigaciones y estudios, con una especial atención a la filmografía del cine español. e) La colaboración en sus actividades con las filmotecas establecidas en las Comunidades Autónomas y con las que se encuentran integradas en la Federación Internacional de Archivos Fílmicos (FIAF). f) La ayuda a la formación profesional en técnicas de documentación, conservación y restauración del patrimonio cinematográfico.
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eli/es/rd/1997/01/10/7#art-7

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