Art. Disposición adicional única

En vigor desde 27 jul 2023
La creación y funcionamiento del Real Patronato no supondrá incremento de gasto público. Será atendido con los medios personales, técnicos y presupuestarios del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional. Todos los cargos del Real Patronato tendrán carácter honorífico, no percibiendo retribución alguna por el ejercicio de sus funciones.
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eli/es/rd/2023/07/25/697#disposicion-adicional-unica

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