Capítulo CAPÍTULO II

Art. 2

En vigor desde 19 jul 2015
1. Son órganos de gobierno de las Cámaras: a) El pleno. b) El comité ejecutivo. c) El presidente. 2. El Reglamento de Régimen Interior de cada una de las Cámaras determinará, entre otros extremos, la estructura del pleno, sus funciones, el número y forma de elección de los miembros del comité ejecutivo y las normas de funcionamiento de sus órganos de gobierno, con sujeción a los criterios básicos establecidos en la Ley 4/2014, de 1 de abril, y a este real decreto.
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eli/es/rd/2015/07/17/669#art-2

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