Título TÍTULO VII›Secc. Sección 3.ª Comunicaciones
Art. Disposición transitoria segunda
En vigor desde 30 ene 2010
Continuarán vigentes el apartado 5 del artículo 14 y el capítulo VI del Real Decreto 684/2002, de 12 de julio, sobre regulación del sector del tabaco crudo.
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Proeli/es/rd/2010/01/29/66#disposicion-transitoria-segunda