Art. Disposición transitoria segunda
Título TÍTULO VIISecc. Sección 3.ª Comunicaciones

Art. Disposición transitoria segunda

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En vigor desde 30 ene 2010
Continuarán vigentes el apartado 5 del artículo 14 y el capítulo VI del Real Decreto 684/2002, de 12 de julio, sobre regulación del sector del tabaco crudo.
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