Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final tercera

En vigor desde 29 dic 2019
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Se renumera por el art. único.7 del Real Decreto 748/2019, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2019-18613 Su anterior numeración era disposición final segunda.

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eli/es/rd/2014/07/25/636#disposicion-final-tercera

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