Art. 8

En vigor desde 22 jul 2014
1. Corresponden al Presidente del Real Patronato las siguientes funciones: a) Ostentar la alta representación del Real Patronato. b) Acordar la convocatoria de las reuniones del Real Patronato, fijando el orden del día. c) Presidir las sesiones, moderar el desarrollo de los debates y deliberaciones y suspenderlos por causas justificadas. d) Visar los actos y certificaciones de los acuerdos adoptados por el Real Patronato. e) Ejercer cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Presidente. 2. Las funciones del Pleno son: a) Definir las directrices generales de actuación del Museo. b) Aprobar el Plan anual de actividades y la Memoria de actividades. c) Asesorar sobre los asuntos relativos a los fondos del Museo y analizar las actuaciones de la institución. d) Aprobar, en su caso, las alteraciones en la agrupación de las colecciones existentes. e) Fomentar la adquisición de objetos destinados a formar parte de las colecciones del Museo, así como aceptar los depósitos en el Museo. f) Promover e informar las aportaciones, donaciones, herencias y legados de particulares y de corporaciones a favor del Museo. g) Proponer al Jefe de Estado Mayor de la Armada el nombramiento del Presidente y vocales. h) Aprobar la designación de benefactores del Museo entre personas que se distingan por sus relevantes servicios a la institución. i) Designar individualmente a miembros del Real Patronato para el desempeño de misiones o cometidos especiales.
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eli/es/rd/2014/07/11/596#art-8

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