Art. 5

En vigor desde 22 jul 2014
Las colecciones estables del Museo Naval y de sus museos filiales están constituidas por aquellos bienes culturales del Patrimonio Histórico Español pertenecientes a la Administración General del Estado que les están asignados en la actualidad, así como por los que se incorporen en el futuro. En ningún caso alterará esta asignación el depósito de los bienes en instalaciones dependientes de la Armada o de otras instituciones u organismos ajenos a la misma.
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eli/es/rd/2014/07/11/596#art-5

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