Art. Disposición adicional única
En vigor desde 28 may 2006
Sin perjuicio de las particularidades previstas en este real decreto, la organización y el funcionamiento del Consejo Superior de Metrología se regirá por lo dispuesto en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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Proeli/es/rd/2006/05/12/584#disposicion-adicional-unica