Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 28

En vigor desde 30 jul 2026
El Consejo Directivo es el órgano de gestión y representación del Instituto, sin perjuicio de las funciones del Presidente. En atención a su composición, integrada por miembros tanto de elección directa como de origen representativo, aúna la representatividad de todos los miembros de la Corporación así como la de sus Organizaciones Territoriales, a través de los representantes democráticamente elegidos a nivel nacional y territorial, respectivamente.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2026/07/08/563#art-28

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil