Art. 28
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Art. 28

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En vigor desde 30 jul 2026
El Consejo Directivo es el órgano de gestión y representación del Instituto, sin perjuicio de las funciones del Presidente. En atención a su composición, integrada por miembros tanto de elección directa como de origen representativo, aúna la representatividad de todos los miembros de la Corporación así como la de sus Organizaciones Territoriales, a través de los representantes democráticamente elegidos a nivel nacional y territorial, respectivamente.
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