Capítulo CAPÍTULO III

Art. 27

En vigor desde 11 jun 2020
Solo podrán acogerse a la ayuda a la cosecha en verde las solicitudes de parcelas completas de viñedo registradas en una DOP que se destinen a la producción de uva para vinificación siempre y cuando no sean parcelas de viñedo plantadas en las tres campañas anteriores a la presente campaña 2019/2020. Las solicitudes se realizarán por parcelas cuya superficie mínima sea igual o superior a 0,3 hectáreas. La cosecha en verde podrá realizarse de forma manual y/o mecánica y/o química.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2020/06/09/557#art-27

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil