Art. 10

En vigor desde 28 jul 2010
1. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio es el departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de desarrollo industrial, política comercial, energética, de la pequeña y mediana empresa, de turismo, de telecomunicaciones y de la sociedad de la información. 2. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio se estructura en los siguientes órganos superiores: a) La Secretaría de Estado de Comercio Exterior. b) La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información. c) La Secretaría de Estado de Energía. Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 929/2010, de 23 de julio. Ref. BOE-A-2010-12004 . Téngase en cuenta para su aplicación la disposición transitoria única.

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eli/es/rd/2009/04/07/542#art-10

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