Art. 10
10 / 26En vigor desde 28 jul 2010
1. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio es el departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de desarrollo industrial, política comercial, energética, de la pequeña y mediana empresa, de turismo, de telecomunicaciones y de la sociedad de la información.
2. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) La Secretaría de Estado de Comercio Exterior.
b) La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.
c) La Secretaría de Estado de Energía.
Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 929/2010, de 23 de julio. Ref. BOE-A-2010-12004 . Téngase en cuenta para su aplicación la disposición transitoria única.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2009/04/07/542#art-10