Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. 12

En vigor desde 12 jul 2015
Es competencia de cada Colegio establecer y regular su organización interna, de conformidad con el siguiente organigrama básico: a) Asamblea General. b) Junta de Gobierno. c) Presidencia o Decanato.
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eli/es/rd/2015/06/19/517#art-12

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