Art. Disposición adicional cuarta

En vigor desde 1 may 2020
En el ejercicio de las funciones de implementación y desarrollo de la política en materia de tecnologías de la información y comunicaciones en el ámbito sectorial del Ministerio, la División de Tecnologías y Servicios de la Información del Ministerio de Consumo promoverá, en colaboración con las unidades competentes del Ministerio y de sus organismos adscritos, la consolidación de los recursos humanos, económico-presupuestarios, técnicos y materiales vinculados.
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eli/es/rd/2020/04/28/495#disposicion-adicional-cuarta

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