Capítulo CAPÍTULO VII

Art. 48

En vigor desde 8 abr 1999
La Junta de Gobierno proclamará a la candidatura elegida, comunicándolo a todos los colegiados y al Ministerio de Educación y Cultura. La Junta de Gobierno elegida tomará posesión en el plazo máximo de un mes desde su proclamación.
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eli/es/rd/1999/03/18/481#art-48

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