Capítulo CAPÍTULO I
Art. 3
En vigor desde 17 jun 2015
Corresponde al Consejo Superior de Deportes el ejercicio de las competencias que le atribuye la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, y las que se le atribuyan en la normativa legal o reglamentaria, así como el de aquellas otras destinadas a desarrollar el artículo 43.3 de la Constitución Española.
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Proeli/es/rd/2015/06/05/460#art-3