Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 16

En vigor desde 28 abr 2020
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y el Consejo de Seguridad Nuclear proporcionarán en sus páginas web información que mejore la sensibilización general sobre la posible presencia de fuentes huérfanas y sus riesgos asociados, orientada fundamentalmente a informar a la población y a servicios públicos tales como cuerpos y fuerzas de seguridad, bomberos, equipos de salvamento y rescate, sanitarios, etc., sobre el modo de proceder y manera de notificar a las autoridades competentes en el caso de aparición de fuentes huérfanas.
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eli/es/rd/2020/03/10/451#art-16

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