Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 21
En vigor desde 28 abr 2020
Las infracciones de los preceptos contenidos en este real decreto serán sancionadas de acuerdo con lo establecido en el capítulo XIV de la Ley 25/1964, de 29 de abril, sobre energía nuclear.
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Proeli/es/rd/2020/03/10/451#art-21