Art. 5
En vigor desde 18 mar 2005
Los acuerdos decisorios de naturaleza sancionadora del Consejo Fiscal serán susceptibles de recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de la Audiencia Nacional.
Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 232/2005, de 4 de marzo. Ref. BOE-A-2005-4408 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1983/02/09/437#art-5