Art. 5

En vigor desde 18 mar 2005
Los acuerdos decisorios de naturaleza sancionadora del Consejo Fiscal serán susceptibles de recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de la Audiencia Nacional. Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 232/2005, de 4 de marzo. Ref. BOE-A-2005-4408 .

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eli/es/rd/1983/02/09/437#art-5

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