Art. Disposición final primera

En vigor desde 13 nov 2016
El presente real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.13ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, y del artículo 149.1.11ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases de la ordenación de los seguros.
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eli/es/rd/2016/11/11/425#disposicion-final-primera

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