Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 1.ª Residuos

Art. 8

En vigor desde 28 mar 2010
El Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases, aprobado por el Real Decreto 782/1998, de 30 de abril, queda modificado como sigue: Uno. Se añade un apartado 4 en el artículo 8: «4. Las autorizaciones de los sistemas integrados de gestión de residuos de envases y envases usados se inscribirán por la comunidad autónoma en el Registro de producción y gestión de residuos en un plazo máximo de un mes. Las obligaciones de información que derivan de este artículo podrán presentarse ante la comunidad autónoma en soporte electrónico.» Dos. Se añade un apartado 3 en el artículo 15 que queda redactado como sigue: «3. Las obligaciones de información recogidas en este artículo se gestionarán electrónicamente cuando la tramitación por esta vía se encuentre disponible.»
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eli/es/rd/2010/03/26/367#art-8

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