Capítulo CAPÍTULO I

Art. 3

En vigor desde 28 mar 2010
Queda derogado el Reglamento de ejecución de la Ley de caza de 1970, aprobado por el Decreto 506/1971, de 25 de marzo. No obstante, el citado reglamento mantendrá su vigencia en aquellas comunidades y ciudades autónomas que no tengan normativa aprobada en la materia, en tanto no se dicte dicha normativa. En todo caso en este reglamento se incluirán las siguientes modificaciones: a) El apartado 1 del artículo 20 queda redactado en los siguientes términos: «1. Se denominan cotos sociales de caza, aquellos cuyo establecimiento responde a la finalidad de facilitar el ejercicio de la caza en régimen de igualdad de oportunidades a todos los cazadores que lo deseen.». b) Se deroga el apartado 9 del artículo 20. c) Se deroga la letra e) del apartado 4 del artículo 36. d) Se deroga el apartado a) de las licencias de la Clase A del artículo 37.
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eli/es/rd/2010/03/26/367#art-3

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