Capítulo CAPÍTULO VISecc. Sección II. Instrumentos normativos generales de protección de las masas de agua

Art. 56

En vigor desde 11 feb 2023
En el anejo 4 de la memoria de este Plan Hidrológico se incluyen la información que identifica los códigos de buenas prácticas agrarias y los programas de actuación de obligado cumplimiento en las zonas vulnerables designadas que han sido aprobados por las Comunidades Autónomas y deben aplicarse en el territorio de la Demarcación según corresponda. A lo largo de este ciclo de planificación deberán actualizarse las mencionadas normas autonómicas en atención a lo previsto en la Directiva 91/676/CEE, de 12 de diciembre, relativa a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos de origen agrícola y en el Real Decreto 47/2022, de 18 de enero, sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias.
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eli/es/rd/2023/01/24/35#art-56-3

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