Libro TRATADO CUARTO›Título TÍTULO XVII›Capítulo DE LOS SOLDADOS DE LA GUARDIA DE PREVENCIÓN
Art. 385
DerogadoEn vigor desde 1 ene 1984
Los vigilantes cumplirán las órdenes y consignas particulares que reciban y las generales del centinela que, en cada caso, se fijen en el Plan de Seguridad.
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Proeli/es/rd/1983/11/09/2945#art-385