Libro TRATADO CUARTO›Título TÍTULO XVII›Capítulo DE LA GUARDIA DE PREVENCIÓN
Art. 356
DerogadoEn vigor desde 1 ene 1984
Tanto los puestos de centinela como las patrullas y los vigilantes deberán estar enlazados con el Cuerpo de Guardia para poder dar la alarma y, en su caso, prestar o recibir ayuda inmediata.
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Proeli/es/rd/1983/11/09/2945#art-356