Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Ayudas para la adquisición de maquinaria específica

Art. 33

En vigor desde 5 may 2019
Podrá ser objeto de subvención la adquisición de la titularidad de maquinaria agrícola y equipos específicos para el cuidado, tratamiento, recolección, pelado, secado y prensado del lúpulo, así como grupos de presión necesarios para la puesta en práctica de un riego sostenible como el riego por goteo, riego solar, etc., y máquinas o instrumentos de modernización y mejora de los sistemas de secado de la flor de lúpulo ya existentes y su instalación.
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eli/es/rd/2019/04/22/284#art-33

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