Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. Disposición final primera

En vigor desde 13 abr 2023
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.30.ª, en relación con la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia de la Constitución Española.
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eli/es/rd/2023/04/11/278#disposicion-final-primera

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