Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final primera
En vigor desde 13 jun 2018
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en los artículos 149.1.4ª y 149.1.29ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de Defensa y Fuerzas Armadas, y de Seguridad Pública, respectivamente.
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Proeli/es/rd/2018/05/11/274#disposicion-final-primera