Art. Artículo primero
En vigor desde 21 oct 2017
La Mancomunidad de los Canales del Taibilla, O. A. es un organismo autónomo de los previstos en el artículo 98 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, adscrito al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente a través de la Dirección General del Agua.
Se modifica por la disposición final 2 del Real Decreto 895/2017, de 6 de octubre. Ref. BOE-A-2017-11984#df-2
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1976/10/30/2714#articulo-primero